¿Cómo se puede consultar? - Comité de Ética de los Servicios Sociales
Consultas
Con carácter general, las consultas en la materia se plantearán ante los comités de ética locales y departamentales, o ante los comités de ética de centro o intercentros, cuando las cuestiones suscitadas se circunscriban a un área territorial de actuación determinada, o a un centro concreto o a varios de ellos. Las consultas se plantearán ante el Comité cuando dichas cuestiones sobrepasen el ámbito de actuación de los comités de ética locales, departamentales, de centro o intercentros; cuando estos no estén constituidos, o cuando los mismos acuerden motivadamente su elevación por entender que supera su capacidad de actuación o consideren que carecen de la objetividad necesaria para asesorar sobre la correspondiente consulta.
No obstante, no podrá instarse de nuevo la actuación del Comité o del resto de comités de ética sobre cuestiones que sean mera reproducción de otras anteriores ya planteadas ante los mismos.
Ante eventuales discrepancias de criterio, apreciación o valoración surgidas entre los diversos comités de ética, prevalecerá en todo caso el criterio del Comité de Ética de los Servicios Sociales de la Comunitat Valenciana, siendo este el único competente para emitir dictámenes.
Las consultas dirigidas al Comité de Ética de los Servicios Sociales de la Comunitat Valenciana podrán ser presentadas mediante el formulario que encontrarán en la pestaña siguiente, o a través de un escrito en el que deberán constar necesariamente los datos identificativos de la persona solicitante y el motivo de la consulta planteada.
Este documento podrá ser presentado mediante el trámite Consulta al Comité de Ética de los Servicios Sociales de la Comunitat Valenciana - GVA.ES - Generalitat Valenciana o presencialmente, en cualquiera de las oficinas PROP.