¿Qué no hace?

¿Qué no hace?

El Comité no tendrá capacidad para:

  1. Peritar sobre las denuncias o reclamaciones que afecten a los aspectos procedimentales, tanto técnicos como jurídicos, de la intervención social, o sobre conflictos en el ámbito de regulación de la transparencia, el derecho de acceso a la información pública y la protección de datos personales.
  2. Proponer sanciones.
  3. Adoptar decisiones de carácter vinculante.
  4. Emitir juicios acerca de las eventuales responsabilidades de las personas profesionales implicadas en los asuntos que se le sometan.